8 de octubre de 2020

Criterios para optar a las subvenciones del IDAE

La semana pasada anunciamos que se había abierto una nueva Convocatoria de ayudas para instalaciones de generación de energía eléctrica con energías renovables. Su concesión se llevará a cabo por orden de puntuación. A continuación desglosamos los criterios para optar a las subvenciones del IDAE:

  1. CRITERIO ECONÓMICO (hasta 40,000 puntos)
  2. VIABILIDAD ADMINISTRATIVA (hasta 20,000 puntos)
  3. EXTERNALIDADES POSITIVAS
    • Técnico-económico (hasta 25,000 puntos)
    • Social-ambiental (hasta 10,000 puntos)
    • Industrial y empresarial (hasta 5,000 puntos)

La puntuación máxima total es de 100,000 puntos.

En caso de empate en la puntuación final, los proyectos se ordenarán de la siguiente forma:

  1. Mayor puntuación en el criterio económico
  2. Mayor puntuación en el criterio social-ambiental
  3. Mayor puntuación en el criterio Viabilidad administrativa
  4. Mayor puntuación en el criterio Técnico-económico.

Ahora, pasamos a ver en qué consiste cada uno de los 3 criterios de evaluación.


1. Criterio económico: evaluación del importe de la ayuda solicitada. 

De todas las subvenciones presentadas, se establecerá un rango comprendido entre la ayuda máxima solicitada (€/MW) y la ayuda mínima solicitada (€/MW) entre todas las solicitudes admitidas.

La ayuda solicitada que más se acerque a la ayuda mínima entre todas las solicitudes obtendrá 40 puntos.

El resto de solicitudes serán evaluadas de forma proporcional entre estos dos límites, obteniendo mayor puntuación aquellas solicitudes que soliciten una ayuda unitaria menor. Tal y como se puede observar en la tabla anterior. 

Puntuación máxima 40,000 puntos
Puntuación máxima para criterio 1

2. Evaluación de la viabilidad administrativa: 

Se tendrán en cuenta los siguientes puntos:

Proyectos que tengan la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), figura ambiental equivalente o documento de exención. Hasta 5,000 puntos
Si han solicitado la licencia de obras. Hasta 10,000 puntos
Proyectos que ya tienen la licencia de obras. Hasta 20,000 puntos
Puntuaciones máximas para criterio 2

La puntuación para cada uno de estos hitos no será aditiva, por lo que la puntuación máxima será de 20 puntos.

3. Externalidades Positivas: 

3.1 Externalidades Positivas: evaluación del criterio técnico-económico.

En este apartado se valorará los desarrollos innovadores, como aquellos que integren distintas renovables, optimicen la gestión de la demanda y la integración en el sistema energético. También aquellos que:

  • Posibiliten menores costes de inversión o explotación.
  • Posean gran replicabilidad o mejoren su adaptación arquitectónica.
  • Flexibilicen y simplifiquen su explotación.
  • Faciliten su financiación privada o por pequeños inversores.
  • Otros.

 

Instalaciones para autoconsumo 10,000 puntos
Instalaciones con carácter innovador 5,000 puntos
Hibridación 10,000 puntos adicionales
Total 25,000 puntos
Puntuaciones máximas para criterio 3.1

Para considerar un proyecto como innovador, se tendrán en cuenta los siguientes ítems:

a) Integración arquitectónica.

Se considerarán proyectos innovadores aquellos que sustituyan elementos arquitectónicos de la construcción, tanto en fachada como en tejado, por dispositivos fotovoltaicos. 

b) Instalaciones de alto rendimiento con módulos bifaciales. 

Permite lograr incrementos de producción de hasta el 25% para la misma estructura. En instalaciones fijas sobre cubiertas planas, donde se podrían colocar superficies reflectantes, el incremento de rendimiento podría ser mayor. 

c) Instalaciones de gran rendimiento.

Proyectos que utilicen módulos fotovoltaicos con rendimiento igual o superior al 24%. 

d) Instalaciones fotovoltaicas:

  • Que utilicen tecnologías de generación diferentes al silicio sin límite de eficiencia, como de lámina fina, perovskita u orgánica, etc. 
  • Sobre lámina de agua, mediante estructuras flotantes. Estas instalaciones permiten aprovechar espacios como embalses o pantanos. 
  • Con sistemas de reducción de temperatura de módulos mediante circuitos de agua con recuperación, sistemas activos incorporados de generación de calor con agua o sistemas de cambio de fase, etc. 
  • Instalaciones fotovoltaicas para producción de hidrógeno.

 

3.2 Externalidades Positivas: evaluación del criterio social-ambiental. 

La evaluación del criterio “social-ambiental” se realizará considerando aquellos proyectos que puedan favorecer la generación de empleo, el desarrollo rural o la lucha contra la despoblación en zonas de actuación prioritaria.

También se incluirán dentro de estos criterios aquellos que disminuyan la pobreza energética, que impliquen un menor impacto ambiental, que eviten posibles discriminaciones por causa social, étnica, o que favorezcan actividades académicas u otros. 

Para cumplir lo dispuesto en el apartado anterior los proyectos deberán cumplir, al menos, una de las siguientes condiciones: 

  • Desarrollarse en una instalación agroganadera o forestal. 
  • Incluir mecanismos de lucha contra la pobreza energética como el autoconsumo compartido con familias en riesgo de exclusión. 
  • Cuya actividad esté vinculada directamente con el tratamiento de efluentes o residuos mejorando los procesos para su eliminación. 
  • Que se desarrollen en el sector educativo o de investigación. 
Por ello, se asignan 10,000 puntos a los proyectos incluidos en los supuestos anteriores.
Puntuación para criterio 3.2

 

3.3 Externalidades Positivas: evaluación del criterio industrial y empresarial.

La evaluación del criterio “industrial y empresarial” se realizará considerando aquellos proyectos que puedan:

  • Impulsar los sectores de la industria española y europea en riesgo e impulsar su desarrollo tecnológico y competitividad,
  • Mejorar la cualificación de los profesionales o favorecer la formación profesional dual,
  • Fortalecer el tejido empresarial local que suministra de bienes y servicios al sector, u otros.

Para cumplir lo dispuesto en este apartado, los proyectos deberán desarrollarse en instalaciones o dependencias propiedad de empresas que desarrollen alguna de las actividades de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, que se indican a continuación: 

a) Sección B completa (industrias extractivas). 

b) Sección C completa (industrias manufactureras).

Se asignan 5,000 puntos a los proyectos que cumplan con los requisitos.
Puntuación máxima para criterio 3.3

 


Estos son todos los criterios para optar las subvenciones para instalaciones que generen energía eléctrica a partir de energías renovables.

Para más información pueden consultar las bases en la web del IDAE.

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